Son muchos los ciudadanos que asocian el hecho de aceptar la herencia con la idea de acudir la familia más cercana del  causante ante el notario. Aquí nos viene a la mente la imagen, porque así nos lo han mostrado las películas, de la lectura del testamento del difunto mientras los demás escuchan atentamente qué bienes les ha dejado en herencia. Pues nada más lejos de la realidad. Realmente y a día de hoy la aceptación de herencia es un acto sencillo y sin sorpresas. En este artículo vamos a ver qué es la aceptación tácita de la herencia y cómo se demuestra.

¿Cómo suelen ser los testamentos?

como son los testamentos

Debemos mencionar que a día de hoy el 99,9% de los testamentos son abiertos, lo que hace que antes de ir al notario sepamos qué es lo que pone. Todo ello habida cuenta de que los herederos, por el hecho de serlo, pueden ir a notaria a solicitar una copia simple del testamento.

¿Se lee el testamento en voz alta frente a la familia?

Retomando el acto de aceptación de herencia, hoy en día el notario no lo lee en voz alta a no ser que haya alguna persona con minusvalías o sea analfabeta. Tampoco es necesaria la presencia de un abogado o procurador.

¿Cómo funciona la aceptación de la herencia? ¿Qué se acepta?

como funciona la aceptacion de la herencia

Realmente, la aceptación de la herencia es un acto simple mediante el el que quienes están llamados a recibir una herencia expresan su voluntad de suceder al causante en la titularidad de sus bienes. Será tácita si lo hacemos mediante una acción inequívoca, y expresa si hay un documento de por medio.

En el derecho de sucesiones español se sucede a título universal, es decir, los herederos se subrogan en la totalidad de los  bienes y deudas del fallecido, excepto en aquellos derechos personalísimos del fallecido.

Aunque no es necesaria representación por abogado en el caso de la aceptación de herencia, sí que podemos hacer uso de él si queremos quedarnos más tranquilos. En ese caso es muy importante saber lo que cobra un abogado para evitar pagar más de la cuenta.

¿Qué consecuencias tiene la aceptación de la herencia?

consecuencias de la aceptación de la herencia

Es de gran importancia saber qué y cómo debemos aceptar la herencia, pues este acto de aceptación una vez realizado puede tener consecuencias muy distintas. Estas pueden ser negativas en la mayoría de los casos en los que que no se hace correctamente, pudiendo llegar a responder el heredero de las deudas del difunto con su propio patrimonio.

Diferencias entre aceptación tácita y aceptación expresa de la herencia

Por eso debemos tener claro que existen dos formas de aceptar la herencia por parte del/ los herederos:

  1. La aceptación EXPRESA de la herencia:  se da cuando los herederos aceptan la herencia por el derecho que poseen sobre ella, y sabiendo que el difunto ha fallecido. El acto de aceptación expreso no requiere de formalidades especiales, excepto que debe ser por escrito en documento público o privado. Cualquier forma de manifestación de aceptación convertirá a dicha persona en heredero y desde ese mismo momento empiezan a correr los plazos que fija el Código Civil para responder por las deudas del causante.
  2. La aceptación TÁCITA de la herencia: el fondo del asunto es el mismo que la anterior, pero la encontramos regulada en el artículo 999 del Codigo Civil, que señala: “La aceptación pura y simple puede ser expresa o tácita. Expresa es la que se hace en documento público o privado. Tácita es la que se hace por actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar, o que no habría derecho a ejecutar sino con la cualidad de heredero. Los actos de mera conservación o administración provisional no implican la aceptación de la herencia, si con ellos no se ha tomado el título o la cualidad de heredero.”

Además el artículo 1000 del Código Civil establece que “se entiende aceptada la herencia cuando el heredero vende, dona o cede su derecho a un extraño o renuncia a uno o más de sus coherederos aunque sea de forma gratuita” (…).

¿Cuál suele ser la manera más habitual de aceptación de herencia?

En la práctica la forma de aceptación de herencia más utilizada es la expresa. Esto es así porque en el mundo jurídico lo que prevalece y realmente tiene valor es la prueba, por lo que es habitual que el notario y el resto de coherederos necesiten tener pruebas de la aceptación de herencia o no por parte de uno de los herederos.

Es por eso que interesa conocer con qué actos se entiende la herencia aceptada tácitamente, habida cuenta de que de la aceptación tácita de una herencia se puede derivar responsabilidad al heredero por las deudas del causante. Esto puede suponer un problema si se nos tiene por herederos y, realmente, no hemos aceptado la herencia.

Ejemplos de aceptación expresa y tácita

ejemplos de la aceptación tácita de herencia

Como hemos comprobado la línea que separa la aceptación tácita de la expresa puede ser confusa. Pasamos a exponer ejemplos de aceptación tácita de una herencia habida cuenta la infinidad de situaciones que pueden darse y que quedan recogidas en el artículo 999.3 del Código Civil1.

A continuación vamos a exponer actos que aun no habiendo aceptado “expresamente” la herencia ante un Notario. Es decir, no le hemos manifestado delante de un Notario pero se considera que con la realización de uno de estos actos hemos aceptado la herencia.

  • Impugnar la validez de un testamento o la declaración de herederos.
  • Cobrar créditos o pagar deudas del causante y continuar con la gestión de su empresa
  • Personarse en un juicio asumiendo procesalmente la posición del causante.

Por el contrario, NO se considera aceptación tácita de la herencia los siguientes actos:

  • Dar un poder para que el apoderado acepte la herencia y realice su partición.
  • Solicitar la declaración de herederos intestados
  • Pagar los gastos del funeral del difunto (pues se considera un acto de piedad más que de aceptación de herencia y cuya acción podrá repetir contra los herederos)
  • Liquidar y/o pagar el impuesto de sucesiones y donaciones, se trata de cumplir con una imposición legal no manifiesta voluntad de aceptar tácitamente la herencia
  • Cobrar seguros; los cobra en condición de beneficiario del seguro no de heredero, aunque es muy común que los beneficiarios de los seguros sean las mismas personas que los herederos.
  • Disponer del dinero de una cuenta corriente diferente del causante y del heredero.
  • En un procedimiento judicial seguido contra el causante sea declarado en rebeldía y que se derive hacia el heredero.

 

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