En muchos procedimientos es necesaria la figura del procurador, pero no siempre tenemos claro cuánto nos debe cobrar. En el momento de recibir la minuta, se nos puede plantear la duda sobre el cálculo de la misma. Te ayudamos a saber cómo se calcular el honorario de un procurador, y algunas consideraciones que debes tener en cuenta en este aspecto.

En primer lugar, creemos que es necesario aclarar cuál es la función de un procurador, pues es una figura que puede resultar desconocida para parte de la población. La figura del procurador, principalmente, ostenta la función de representar a los ciudadanos ante los juzgados y tribunales durante el desarrollo de un procedimiento judicial. El procurador es licenciado en Derecho y, a partir del 2012, deben haber superado el máster de acceso a la procura. Saber diferenciar la figura entre abogado y procurador, es especialmente importante para saber cómo calcular ambas minutas.

¿Los honorarios del procurador son independientes a los del abogado?

diferencia honorario procurador y abogado

Sí. Los procuradores son profesionales independientes a los abogados. Asimismo, llevan a cabo funciones completamente distintas a estos últimos y, por tanto, sus honorarios corren la misma suerte. Es cierto, que la figura del procurador no se entendería sin la del abogado, pues son profesiones que están completamente relacionadas, así como las funciones que desempeñan uno y otro.Por esta razón el cálculo de la minuta del abogado es diferente a la del procurador.

En general, los abogados ejercen la dirección técnica del procedimiento, desarrollando la estrategia legal a seguir para alcanzar el éxito. Los procuradores, por su parte, además de ostentar la representación del cliente, son los encargados de la tramitación procesal del procedimiento ante los Juzgados y, como es lógico, tanto unos como otros cobran por ello.

Ahondando un poco más en la figura del procurador y su definición, podemos decir que existen dos tipos de procuradores: los oficiales (los titulares de los despacho) y los habilitados (trabajan en un despacho de procuradores, pero dependen del procurador oficial). Sin embargo, ambos están perfectamente cualificados para ejercer su profesión.

Estos profesionales no son obligatorios en todos los procedimientos, pero su participación si es recomendable ya que su día a día se desarrolla en el juzgado, y son los que mejor conocen a los funcionarios. Por esta razón, son los profesionales mejor posicionados a la hora de tratar de dar un espaldarazo a la tramitación del procedimiento.

Los procuradores son de libre elección por el cliente, igual que el abogado. Sin embargo, es cierto que cada letrado tiene unos procuradores de confianza con quien tienen mayor afinidad.

¿Cómo podemos saber que los honorarios que nos cobra el procurador son los adecuados?

como calcular los honorarios procurador

Debemos partir de la premisa que los honorarios de los procuradores están fijados en virtud de aranceles. Esto quiere decir, que están regulados y fijados por el legislador, y en ellos fija el precio a cobrar por todas y cada una de las actuaciones que el procurador debe realizar. Así, dependiendo de las actuaciones que el procurador debe realizar, de los trámites judiciales y, sobretodo, de la cuantía del procedimiento en el que intervenga, se devengarán sus honorarios.

aranceles procuradores

Antes de contratar a un procurador, siempre que no lo aportemos nosotros al procedimiento, el abogado debe facilitarnos su propio presupuesto, y el del procurador. De esta manera, lo podremos tener en consideración como gasto a sumar al proceso judicial.

El criterio fundamental a tener en cuenta es, que los honorarios de los procuradores, van a establecerse en relación a la cuantía que se reclame en el procedimiento. Por tanto, cuanto más dinero se reclame (por ejemplo, rentas impagadas de un inquilino, contratos de compra venta impagados, etc.) más elevados serán los honorarios del procurador.

Y en los casos en los que no se reclame ninguna cantidad, ¿Cómo se establecen los honorarios de los procuradores?

procurador procedimiento sin cuantia

En estos casos, para cuantificar la minuta de un procurador en los casos de, por ejemplo,  derecho de familia, se valorará si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo o contencioso, si existen menores, si hay bienes a repartir, así como si se trata de una guarda y custodia compartida o, si por el contrario, se establece un régimen de visita.

Cuando se trata de procedimientos de divorcio, separaciones o procedimientos de guarda y custodia y, todos ellos de mutuo acuerdo, las dos partes pueden compartir el mismo procurador, que será quien las represente. De esta forma, los honorarios del procurador se dividirán al 50% entre ambos interesados.

Debemos tener en cuenta que el procurador, antes de presentar cualquier actuación en nuestro nombre, debe tener una provisión de fondos del total de sus honorarios. Este punto es un imperativo legal, y así lo recoge el artículo 29 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Una vez finalizado el procedimiento el procurador deberá hacernos llegar, de la forma que estime más pertinente, la minuta total por sus servicios. En ella, deberá reflejarse con detalle cada una de las actuaciones que ha realizado especificando, en cada una de ellas, el importe exacto y descontando las provisiones de fondos entregadas a cuenta.

Nota especial al criterio del Tribunal Supremo

procurador tribunal supremo

Para finalizar, creemos de importancia exponer la sentencia del  24 de mayo de 2017 dictada por el Tribunal Supremo en relación al asunto que nos ocupa. Esta Sentencia, establece como criterio fundamental a la hora de formalizar los honorarios de los procuradores, la libertad de pacto entre las partes, todo ello en relación al artículo 2 del Real Decreto 1373/2003 cuya literalidad cita: «Los derechos de arancel podrán ser objeto de un incremento o una disminución de hasta 12 puntos porcentuales cuando así lo acuerde expresamente el procurador con su representado para la determinación de los honorarios correspondientes a su actuación profesional.».

Por todo ello, cabe determinar que, dentro de las pautas que hemos ido desgranando a lo largo del presente artículo, el legislador y la jurisprudencia establecen que el procurador y el cliente están totalmente legitimados para negociar, libre e independientemente, estos honorarios.

Artículo desarrollado por Anna Molina.

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