El Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en su sentencia 00684/2019, ha estimado el recurso de suplicación presentado por Jose Javier Conesa Buendia ante la sala de lo social. Los recurridos, en este caso el I.N.S.S., la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento De Murcia, deberán acatar el fallo.
Un fallo que implica la cotización de varios años
El fallo del tribunal, que estima la demanda inicial, establece la obligación del “Excmo. Ayuntamiento de Murcia de cotizar desde el 2.2.2006 hasta noviembre de 2014, aplicando a dicho período la base de cotización de 1.561,29 euros mensuales”.
Contrato en fraude de ley
La sentencia mantiene que la relación contracutal entre la actora y el Ayuntamiento de Murica se celebró en fraude de ley. Esto debido a que se entiende infringido el artículo 222 de la LEC, tal y como alega Jose Javier Conesa Buendia en representación de la parte actora.
Esto implica la naturaleza ordinaria de la relación contractual entre la actora, representada por el abogado Jose Javier Conesa Buendia, y el Ayuntamiento.
Obligación de cotizar por parte del Ayuntamiento de Murcia
A tenor de lo anterior, el Tribunal Suerior de Justicia de Murcia reconoce que el Ayuntamiento de Murcia tiene la obligación de cotizar con carácter retroactivo desde el principio, ya que se trata de una relación laboral ordinaria.
Obligación de cotizar desde el inicio
El artículo 144 de la Ley General de la Seguridad Social establece, en su punto primero, que:
“La obligación de cotizar nacerá con el inicio de la prestación del trabajo, incluido el período de prueba. “
Esta obligación permanecerá durante todo el tiempo en el que el trabajador esté dado de alta en la seguridad social. Por tanto, el Tribunal Superior de Justicia de Murcia entiende, con criterio acertado, que el Ayuntamiento deberá cotizar desde el principio. En el presente caso sería desde febrero de 2006 hasta noviembre de 2014.
Recursos ulteriores y comentarios de los abogados
Ante esta sentencia cabe Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
Actualmente no disponemos de información adicional por parte de Jose Javier Conesa Buendia o de otras partes, pero actualizaremos la noticia cuando dispongamos de la misma. También puedes consultar más noticias de interés relacionadas con Murcia.